2.2.6. Capacitación y entrenamiento
Una de las funciones principales de este departamento es promover la capacitación continua para todos los trabajadores.
a) Aspectos legales:
La Franquicia Tributaria es el incentivo tributario establecido por la ley N° 19.518 que se otorga a las empresas clasificadas por el Servicio de Impuestos Internos como Contribuyente de Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta y que tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.
Esta franquicia consistente en la posibilidad de descontar del impuesto a la renta a pagar anualmente, hasta la concurrencia del 1% de la planilla anual de remuneraciones del conjunto de trabajadores contratados, por concepto de los gastos en los que haya incurrido por la realización de acciones de capacitación informadas al SENCE y visadas por este servicio con anterioridad a su comienzo.
- Si la planilla anual de remuneraciones imponibles es mayor a 35 e inferior a 45 UTM y la empresa registra cotizaciones previsionales pagadas correspondientes a esa planilla, podrá deducir hasta 7 UTM en el ejercicio anual
- Si la planilla anual de remuneraciones imponibles es igual o superior a 45 UTM y hasta 900 UTM, y la empresa registra cotizaciones previsionales pagadas correspondientes a esa planilla, podrá deducir hasta 9 UTM en el ejercicio anual.
- Si la planilla anual de remuneraciones imponibles es superior a 900 UTM, y la empresa registra cotizaciones previsionales pagadas correspondientes a esa planilla, podrá deducir el equivalente hasta el 1% de la planilla anual de remuneraciones.
- Por otra parte, las empresas pueden ejecutar acciones de capacitación en forma interna o externa, contratando los servicios de los Organismos Técnicos Ejecutores de Capacitación (OTEC) o a través de los Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación (OTIC).
b) Instructores para la capacitación:
Existen dos tipos de instructores:
- Internos:
Pueden ser los mismos jefes de departamento, y los externos.
- Externos:
Para que la capacitación tenga acreditación del estado el Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) que deben tener su acreditación ante el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
c) Aula de capacitación:
Se recomienda que cada hotel tenga un salón especial para la capacitación con material audiovisual, libros, videos y manuales de operación.
d) Cursos fuera del hotel:
Se recomienda enviar a algunos ejecutivos a cursos o congresos fuera de las instalaciones para que posteriormente los puedan impartir a sus empleados.
e) Training ejecutivos:
Son entrenamientos al personal de nivel ejecutivo, el cual se puede verificar en el mismo hotel o en otro hotel de la misma cadena. Por ejemplo el gerente de banquetes hace un training ejecutivo para el puesto de director o /ventas en otro hotel de la misma cadena durante un mes.
f) Capacitación gerencial:
El hotel otorga a su gerente general un curso de especialización o de actualización en alguna universidad local.