8.1.3 Normas que Rigen el Contrato de Arriendo
Las normas que rigen el contrato de arriendo son las siguientes:
a. Ley 18.101: Esta ley regula el arriendo de los predios urbanos y la manera en cómo opera el término anticipado de los contratos. Al hablar de predios urbanos, excluimos por ende a predios superiores a 1 hectárea y que sean destinados o usados para actividades agrícolas, ganaderas o forestales. Tampoco se aplica a esta ley, el arriendo de los inmuebles fiscales, viviendas que se arriendan amobladas por temporadas no superiores a tres meses para fines de descanso o turismo, ni a los hoteles o residenciales.
b. Código Civil: El código Civil regula el arriendo en el Título XXVI, en los artículos 1915 y siguientes. En este compendio legal se regulan; El arrendamiento de cosas, las obligaciones del arrendador en el arrendamiento de cosas, las obligaciones del arrendatario en el arrendamiento de las cosas, de la expiración del arrendamiento de cosas y reglas particulares relativas al arrendamiento de casas, almacenes u otros edificios.
c. Ley N° 19.281, que rige el comúnmente llamado “leasing para la vivienda”.
d. Decreto 458 DFL 458, que aprueba nueva ley General de Urbanismo y construcciones: A pesar de que la ley general de urbanismo y construcciones, dicen relación con planificación urbana, urbanización y construcción, y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el Presidente de la República[1], recordemos que en su Capítulo IV, se observan normas sancionatorias que son aplicables a los contratos de arriendo.
e. Ley Nª 19.253, que regula el arrendamiento de “tierras indígenas”
f. El Decreto Ley Nº 1.939, del año 1977, relativo a las “Normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado”, que debe aplicarse en caso de arrendamiento de bienes fiscales.
g. Código de Procedimiento Civil