5.1.- Conceptos Básicos

Definiciones de Seguridad y Riesgos

a) Salud (OMS):

La salud es un estado completo de bienestar:

  • Físico
  • Mental
  • Social

Y no sólo la ausencia de enfermedad o invalidez.

b) Riesgo:

  • Salud laboral:

“Toda situación de trabajo que pueda ocasionar daño al trabajador “.

  • Gestión o Administración de Riesgos:

“La probabilidad de ocurrencia de algo negativo o potencial de pérdidas que representa su no control”.

c) Accidente:

  • Seguridad Industrial:

“Toda interrupción imprevista y no deseada de un proceso de trabajo”.

  • Accidente fatal:

A causa y con ocasión del trabajo que provoque la muerte del trabajador de forma inmediata o mientras es trasladado a un centro asistencial.

  • Accidente grave:

A causa o con ocasión del trabajo y que:

  • Obligue a realizar maniobras de resucitación o de rescate.
  • Ocurra por caída de alturas de más de dos metros.
  • Provoque de forma inmediata la amputación o pérdida de parte del cuerpo.
  • Que obligue a evacuar el lugar.

Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales

a) Historia de la Ley 16.744:

  • 1916:

Fue dictada la ley N° 3.170, la cual cubría solamente los accidentes

  • 1922:

Fue dictada la ley N° 4.055 que incorpora mejoras a la ley 3.170 y contempla las enfermedades profesionales. El primer código del trabajo fue el de 1931.

  • 1968:

Se dicta la actual ley 16.744 que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

b) ¿Quiénes están protegidos?:

  • Todos los trabajadores dependientes Sector público y privado
  • Ciertos trabajadores independientes (ej. pirquineros, pescadores artesanales, conductores propietarios taxis, transporte carga y pasajeros).
  • Dirigentes sindicales por sus cometidos gremiales.
  • Estudiantes: trabajos que ingresos sean para el plantel);
  • Los trabajadores dependientes que además estudien.

c) Riesgos Laborales Cubiertos:

  • Accidente del trabajo
  • Accidente de trayecto
  • Enfermedad Profesional

Accidente del trabajo:

  1. Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
  2. Accidente a causa del trabajo son los que se producen directamente por la ejecución de las tareas o labores.
  3. Con ocasión del trabajo son aquellos en los que existe una relación, aunque sea indirecta entre el trabajo y lesión.
  4. La lesión puede ser física o síquica.

Normas especiales:

  • LEY 19.303 son accidentes del trabajo los derivados de robo, asalto y otras formas de violencia.
  • LEY 19.518 es A. Del T. el que sufriere el trabajador a causa o con ocasión de estudios de capacitación ocupacional.

Accidente de trayecto:

Los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo y viceversa y los que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo.

  • Exigencias:

Trayecto racional, sin interrupción, salvo aquellas que se deben a actos rutinarios y no de mero capricho (ej. ir a dejar o buscar a hijos al colegio) y de actos necesarios (ej. comprar pan o remedios).

  • Exclusiones:
  1. Accidentes del trabajo intencionales de la víctima;
  2. Accidentes del trabajo por fuerza mayor extraña (aludes, tsunami, terremotos, etc.)
  • Declaración del Accidente:
  1. Todos los accidentes de un trabajador, deben ser declarados en el formulario DIAT, dentro de 24 horas.
  2. DIAT puede efectuarlo el empleador trabajador, sus derecho habientes, el Comité Paritario o el médico tratante.

Enfermedad Profesional:

  • Es la causada de manera DIRECTA por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
  • Las enfermedades están enumeradas en el D.S. 109, sin una lista cerrada, se admite probar la relación directa con el trabajo y el D.S. 73, de 2005, incorpora nuevas patologías y agentes causantes.

d) Evaluación de Accidentes del trabajo y Enfermedades profesionales:

  • Accidentes del trabajo:
  • Enfermedades profesionales:

e) Prestaciones:

  • Preventivas
  • Medicas
  • Económicas

Conceptos Básicos de Riesgos de Accidentes

Concepto GEMA

Para comenzar GEMA se divide en cuatro aspectos fundamentales de una empresa:

a) Gente:

Este es el elemento que incluye a toda persona que trabaja en una empresa desde un portero hasta la gerencia.

Aunque reconozcamos que es generalmente el trabajador un elemento involucrado en la mayoría de los accidentes/incidentes (Factor humano).

b) Equipos:

Lo entenderemos como las herramientas y maquinarias con las que un operario trabaja. Ha sido a lo largo del tiempo, el objetivo de resguardos mecánicos, de entendimientos y entrenamientos por parte de las personas que los operan, ya que está considerado como una de las fuentes principales de accidentes ocurridos en las empresas.

c) Materiales:

Consideramos material a aquello con lo que la gente trabaja, manipula o usa, se considerará como la materia prima y de elaboración.

d) Ambiente:

Es el que está formado por todo lo material o físico que rodea a la gente, incluyendo el aire que respiramos y la infraestructura que componen la empresa.